El Sr. Director de la Dian informó en su entrevista que los pagos en efectivo mayores de $1.500.000 no serán reconocidos como deducción, el parágrafo 2° del artículo 771-5 del Estatuto Tributario (modificado por la reforma tributaria ley 1819 de 2016) fijó el límite en 100 UVT ($3.316.000 para 2018). Me gustaría que el Dr. Rojas nos informe la norma que estableció los $1.500.000.
Juan Pablo estrada - 8 years ago
yamid buenas noches,preguntemosle al estado cuanto nos debe a los colombianos que aportamos a un sistema de salud y a cambio recibimos un servicio pesimo e indiferente
Daniel Londoño - 8 years ago
Pagar impuestos es patrocinar la corrupción
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El Sr. Director de la Dian informó en su entrevista que los pagos en efectivo mayores de $1.500.000 no serán reconocidos como deducción, el parágrafo 2° del artículo 771-5 del Estatuto Tributario (modificado por la reforma tributaria ley 1819 de 2016) fijó el límite en 100 UVT ($3.316.000 para 2018). Me gustaría que el Dr. Rojas nos informe la norma que estableció los $1.500.000.
yamid buenas noches,preguntemosle al estado cuanto nos debe a los colombianos que aportamos a un sistema de salud y a cambio recibimos un servicio pesimo e indiferente
Pagar impuestos es patrocinar la corrupción